¿Quién puede inscribirse para votar?

Usted puede inscribirse para votar si:

  • Es ciudadano de los Estados Unidos
  • Es residente de California
  • Cumplió por lo menos 18 años de edad el día de la próxima elección o antes
  • No está actualmente cumpliendo una condena por un delito mayor en una prisión estatal o federal
  • No ha sido declarado mentalmente incompetente por una acción judicial

¿Cómo me inscribo para votar?

Puede llenar un formulario de inscripción del votante disponible en todas las oficinas de correos, ayuntamientos, en la mayoría de las bibliotecas públicas, el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) y en la mayoría de las oficinas gubernamentales. Una vez que firme el formulario, solo deposítelo en el correo. El franqueo está prepagado. 

El sitio web del Secretario de Estado le permite llenar un formulario de inscripción del votante en línea. El formulario en línea usa la firma de su licencia de conducir o identificación estatal en el archivo del DMV. Si no tiene firma en el DMV, puede imprimir el formulario, firmarlo y enviarlo por correo. 

¿Cuándo tengo que volver a inscribirme para votar?

Usted tiene que volver a inscribirse para votar si se muda, cambia su nombre o desea cambiar su afiliación de partido político.

La fecha límite para incribirse para votar para cualquier elección es 15 días antes del Día de Elección. Después de la fecha límite, puede inscribirse condicionalmente y votar en cualquier Centro de Votación en el Condado de San Mateo. Su voto será contado cuando se le confirme como votante elegible.

Me acabo de mudar a California, ¿cuándo puedo inscribirme para votar?

Puede inscribirse (o volver a inscribirse) en cualquier momento, pero debe inscribirse 15 días antes de una elección para ser elegible para votar en esa elección. Después de la fecha límite, puede inscribirse condicionalmente y votar en cualquier Centro de Votación en el Condado de San Mateo. Su voto será contado cuando se le confirme como votante elegible.

En elecciones presidenciales, aplican reglas especiales para nuevos residentes.

¿Puedo inscribirme para votar con la dirección de mi negocio o puedo utilizar mi apartado Postal?

Usted solo es elegible para inscribirse para votar con su lugar de residencia. Solo es elegible para votar en las contiendas en las jurisdicciones donde vive (p. ej., cargos judiciales, del congreso, asamblea estatal, senado estatal, municipio, condado, distritos escolares o especiales). Sin embargo, los participantes de Safe at Home pueden usar un Apartado Postal gratuito en lugar de una dirección residencial. 

Puede usar una dirección comercial o un Apartado Postal como su dirección postal para recibir materiales de información para el votante y boletas electorales. 

¿Tengo que afiliarme a un partido específico?

No. La ley de California establece que un individuo puede seleccionar "Sin Preferencia de Partido" al inscribirse para votar. 

¿Cuáles son los partidos políticos cualificados?

Los partidos políticos cualificados en California son: el Partido Americano Independiente, el Partido Demócrata, el Partido Verde, el Partido Libertario, el Partido Paz y Libertad y el Partido Republicano. La ley de California le permite inscribirse y seleccionar la opción "Sin Preferencia de Partido", lo que indica que no está afiliado a ningún partido político. Es lo mismo que ser un votante no partidista, un votante independiente o un votante que "Se Niega a Declarar".

¿Puedo cambiar mi afiliación de partido político?

Sí. Si usted desea cambiar su afiliación de partido político, debe volver a inscribirse por lo menos 15 días antes de una elección. Después de la fecha límite, puede inscribirse condicionalmente y votar en cualquier Centro de Votación en el Condado de San Mateo. Su voto será contado cuando se le confirme como votante elegible.

Si no voté en la elección pasada, ¿debo volver a inscribirme?

No. Generalmente, usted está inscrito para votar siempre y cuando usted resida en la misma dirección.

¿Cómo puedo averiguar si estoy inscrito para votar?

Visite la página "Check My Registration/Access My Election Materials/View My Sample Ballot Pamphlet”. Se le pedirá ingresar su número de casa, código postal y fecha de nacimiento para revisar el estado de su inscripción para votar y encontrar otra información importante. También puede llamar a la División de Registro y Elecciones del Condado de San Mateo al 650.312.5222 y pedirle a alguien del personal revisar si usted está inscrito.

¿Puedo obtener información de la inscripción de otra persona?

Sí. Sin embargo, el acceso a esta información es restringido. El Código Electoral tiene normas muy estrictas sobre el uso permitido de la información de los votantes.

Me convertí en un nuevo ciudadano después de la fecha límite de inscripción. ¿Todavía puedo inscribirme y votar?

Sí. Las personas que se convirtieron en ciudadanos después del cierre del periodo de inscripción solo pueden votar en la Oficina de Elecciones hasta el séptimo día antes de una elección. Los nuevos ciudadanos deben presentar un Certificado de Naturalización y declarar que han establecido su residencia en el Condado de San Mateo.

¿Puede un exconvicto que cometió un delito mayor inscribirse para votar y ser elegible para votar?

Sí. Un exconvicto puede inscribirse para votar y es elegible para votar en las elecciones si no está actualmente en prisión por condena de un delito mayor.

¿Qué es la Inscripción Condicional del Votante?

Durante el periodo de 14 días antes de e incluyendo el Día de Elección, una persona puede ir a la oficina del  Funcionario de Elecciones de su condado o a su ubicación sátelite designada para inscribirse para votar condicionalmente y votar en una boleta electoral provisional. Este proceso se llama Inscripción Condicional del Votante (CVR).

Para inscribirse condicionalmente, la persona primero debe llenar una declaración jurada de inscripción (también llamada tarjeta de registro del votante). Después, se le proporciona al votante una boleta electoral provisional de CVR para votar. 

Una vez que el Funcionario de Elecciones del condado procesa la declaración jurada de inscripción, determina la elegibilidad de la persona para inscribirse y valida su información, la inscripción se convierte en permanente y la boleta electoral provisional de CVR será contada. Este proceso ocurre antes de o durante el periodo de escrutinio.